Incumbencias profesionales del titulo de Licenciado en Artes egresado de la UBA


Universidad de Buenos Aires

Expediente Nº870.842/91

Incumbencias profesionales del Titulo de Licenciado en Artes

-Asesorar, coordinar, dirigir, diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de investigación sobre teoría e historia de las artes en las áreas vinculadas con las tres orientaciones de la carrera (artes combinadas, cine, teatro, danza; música y artes plásticas).

-Asesorar al Ministerio de Educación y Cultura, a Secretarias de Cultura en sus niveles provinciales y municipales y a sus organismos dependientes en la elaboración de planes y programas de su especialidad.

-Asesorar al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en la planificación y ejecución de proyectos que posibiliten el intercambio cultural.

-Integrar como miembros naturales las agregadurías culturales, comisiones de cultura de los congresos nacionales y provinciales, gabinetes de asesores de las Secretarias de Cultura y organismos intermedios.

-Participar en la elaboración, ejecución y evaluación de normas, pautas, planes, programas y proyectos para los medios de comunicación social en lo concerniente al campo artístico-cultural.

-Asesorar, dirigir y organizar instituciones y organismo dedicados a la planificación y difusión cultural y social (centros culturales, museos, conservatorios, teatros oficiales, organizaciones intermedias, galerías de arte, medios masivos de difusión, etc.).

-Coordinar, dirigir y participar en grupos interdisciplinarios de investigación de la problemática artístico-cultural.

-Asesorar, coordinar, diseñar y ejecutar programas de estudio e investigación en instituciones y empresas en las áreas de su especialidad.

-Coordinar y organizar simposios, congresos, encuentros, jornadas vinculados a la problemática artístico-cultural.

-Asesorar a organismos educacionales, instituciones, editoriales, centros culturales, teatros oficiales, museos, organizaciones intermedias, conservatorios, galerías de arte, en tareas de creación y compaginación de técnicas auxiliares (audiovisuales, bibliotecas, diapotecas, discotecas, filmes, hemerotecas, videotecas, etc.).

-Realizar arbitrajes, expertitajes y peritajes en las áreas de su incumbencia.

-Animación socio-cultural en los ámbitos pertinentes.

-Promoción de actividades comunitarias vinculadas a su especialidad.

-Asesoramiento editorial en publicaciones especializadas (libros, revistas, periódicos, catalogos, programas, folletos, portadas, discográficas y videograficas, etc.).

-Critica especializada en los medios masivos de difusión, publicaciones, periódicos, catalogos, etc.

-Asesoramiento para la adquisición de obras de arte a instituciones y particulares (bancos, empresas, fundaciones, galerías de arte, anticuarios, etc.).

-Curadores en exposiciones y muestras de arte.

-Guias especializados en exposiciones y muestras de arte.

-Musicalización de programas televisivos y radiales.

-Musicografia

-Dramaturgia.

-Asesoramiento para la realización de bandas de sonido de filmes, videos, obras teatrales, radioteatrales, ballet, etc.

-Planificacion de conciertos.

-Encargados de archivo y documentación en los campos específicos.

-Dirección artística en producciones cinematográficas, televisivas, videograficas, radioteatrales, y de eventos especiales.


VISTO la resolución nº2882 dictada por el Consejo Directivo de la Facultad de Filosofía y Letras el 25 de junio último (1991) mediante la cual solicita la aprobación de las incumbencias profesionales correspondientes a la carrera de Artes, y

CONSIDERANDO:

Lo establecido por el articulo 98 inciso j) del Estatuto Universitario.

Lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza.

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES,

Resuelve:

Articulo 1º – Aprobar las incumbencias profesionales elevadas por la Facultad de Filosofia y Letras correspondientes a la carrera de Artes y que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Articulo 2º – Elevar la presente resolución al Ministerio de Educación y Cultura para su aprobación.

Articulo 3º – Registrese, comuníquese, notifiquese a las Direcciones de Titulos y Planes, de Asuntos Academicos y de Despacho Administrativo y dese cumplimiento a lo dispuesto en el articulo precedente.

Resolución Nº2.159

Firmado: Oscar Shuberoff, Rector UBA / Gustavo Fernando Lopez, Secretario General UBA.

Fecha: 18 de Diciembre de 1991.